Todo
proceso que implique competencia entre diferentes participantes, sea lo que
sea, necesariamente y para que se tome por los participantes y observadores con
la seriedad debida, debe tener de manera explícita las reglas del juego, reglas
que deben ser objetivas y verificables a efecto de reducir la discrecionalidad
en el proceso y evitar que el mismo se demerite, esto que aplica a cualquier
situación también aplica para las universidades.
La sociedad
en conjunto ha ido avanzando a lo largo de su existencia y en esa misma
evolución ha ido perfeccionando sus procesos para un sinfín de cosas, una de
estas cosas es precisamente la asignación de ciertas responsabilidades como los
procesos de elección popular y de designación de ciertas responsabilidades
públicas (magistrados, embajadores, etc.)
De la
misma forma, las universidades o han evolucionado en sus procesos o al menos
cuentan con modelos probados –en otras universidades o en la misma sociedad-
para realizar correctamente lo que se desee. Una de estas cosas es precisamente
las convocatorias para puestos universitarios.
Algunas
universidades contemplan en su legislación la facultad directa de su Rector
para designar los colaboradores que desee, en otras esta facultad está acotada
al cumplimiento de ciertos procesos donde las cualidades de los concursantes es
evaluada con la intención de escoger la mejor opción.
Siempre
he comentado que la seriedad de un proceso donde hay convocatorias y se dan
competencias estriba en la reducción lo más posible de la discrecionalidad al
momento de elegir, ¿qué caso tendría hacer procesos los que fueran, donde
participaran en competencia diferentes candidatos, cuando al final la decisión
puede hacerse de manera discrecional? En realidad todo sería una pantomima y
una pérdida de tiempo.
Para
evitar lo anterior (y de la misma forma para evidenciar si realmente las
autoridades están con lo mejor de los valores de la universidad o no), una
manera de reducir esa discrecionalidad es el establecimiento de criterios por
demás objetivos en todos los procesos que conlleven las características
citadas.
Ahora
bien, tampoco hay que ser ingenuos y creer que todo puede objetivizarse, hay
cuestiones que caen en el ámbito de lo subjetivo (por ejemplo la defensa
personal de la postulación, la presentación de una carta de exposición de
motivos, etc.), pero por lo mismo eso debe tener un peso no definitorio del
proceso so pena de hacerlo cuestionable tanto para los participantes como para
los observadores.
En una
ocasión que esgrimía estos argumentos, una persona que difería de ellos me
refutó diciendo que entonces se acotaba el poder de escoger a los colaboradores
al extremo, a lo que le mencioné que para nada se estaba acotando sino al
contrario se estaba generando un proceso con reglas claras que dejara a todos
conforme de los resultados (y esto solo cuando es objetivo) y que le permitiera
a la autoridad escoger lo mejor de lo mejor.
Cuando
uno lo pone en esta perspectiva se da cuenta que quienes defienden la cuestión
de la discrecionalidad lo hacen en realidad por que desean existan procesos que
puedan ser manipulables y con miras siempre a buscar un beneficio personal,
pero ¿y el beneficio institucional?
Quienes
detentan autoridades en las universidades, sobre todo las públicas, deben
entender (y si no los tenemos que hacer que entiendan) que la universidad no es
de ellos sino que solo la administran y que en función de ello deben buscar lo
mejor para la institución siendo siempre lo mejor la creación de procesos
de designación de funcionarios
transparentes, objetivos y verificables.
Roberto
Celaya Figueroa, Sc.D.
Formación
• I+D+i • Consultoría
Desarrollo
Empresarial - Gestión Universitaria - Liderazgo Emprendedor
También puede
descargarse gratis el libro “…Si las
hicieres -Un camino de vida de la mano de las otras bienaventuranzas” , desde www.rocefi.com.mx (Menú
“Libros” Sección “e-book gratis”)
No hay comentarios:
Publicar un comentario