viernes, 31 de agosto de 2018

Proceso sancionador universitario: En busca de justicia y legalidad



Las universidades como conglomerados sociales están sujetos a reglas comunitariamente aceptadas contendidas en sus normatividades, reglas que para efecto de obligatoriedad contienen sanciones explícitamente establecidas cuando de violación a las mismas se trata pero que de igual forma deben contener procesos que a todos los implicados les de certeza jurídica de que la justicia y la legalidad prevalecen siempre y en todo momento.

Una de las obligaciones que tienen las autoridades universitarias, y bien podría señalar que es una de las obligaciones más pesadas y menos comprendidas por el alto contenido emocional que implica, es la imposición de sanciones a los integrantes de la comunidad universitaria que violen las normas que se han establecido y que rigen la vida interna institucional.

Esa pesadez y esa incomprensión, si bien son naturales en el grueso universitario ya que están en función de lo que la comunidad puede considerar una acción correcta o no, puede clarificarse de tal manera que todo el proceso garantice en todo momento un sentido de objetividad que asimismo garantice prevalezca la justicia y la legalidad que se persigue.

Quiero poner esto bien claro: si no hay garantías de lo anteriormente comentado no solo la percepción social universitaria es la que duda del proceso y sus resultados sino que incluso puede servir de soporte para excesos en la autoridad, excesos que escudándose en esa obligación sancionadora que tienen como parte de su investidura busquen a través de ella la venganza, el sometimiento, o la sujeción.

¿Qué impediría a una autoridad a exagerar, por no decir inventar, las acciones que busca sancionar imponiendo sanciones que dada estas circunstancias serían a todas luces no solo ilegales sino injustas? Si no hay un marco que garantice esa objetividad la respuesta es nada.

Ahora bien, he mencionado reiteradamente la palabra objetividad pero quiero señalar que esto es más bien una intención que debe prevalecer en todo lo que se considere en un proceso sancionador como el que estamos mencionando, una intención más que una meta, ¿por qué? porque toda acción humana basada en la conducta es imposible analizarla desde un punto de vista que se revista de una objetividad total, pero al menos eso debe ser lo deseable.

Para quien no esté de acuerdo con la aseveración anterior les pido hagan la siguiente prueba: la siguiente vez que comenten con un grupo de amigos algo que consideren incorrecto (del mundo de la política, los negocios, la sociedad) vean cómo es que hay sobre el mismo caso posturas diferentes y en muchos casos divergentes. Reitero: la valoración que hacemos las personas de las acciones de los demás reviste siempre un margen de subjetividad.

Pero bueno, esta subjetividad inherente a nuestra interpretación de los hechos es la que debe ser acotada al máximo en un proceso sancionador como el mencionado y la manera de hacer esto es buscar que diferentes instancias y diferentes actores participen en los procesos para garantizar que exista un consenso más que una opinión que se imponga.

En una universidad, buscando esto, se creó una instancia que a manera de comisión deliberativa auxiliaría al Rector en la imposición de las sanciones, solo que esa comisión se integraba ¡por elementos propuestos por el Rector mismo! De inicio y aunque no sea así no hay una  percepción de esa objetividad deseada.

Opciones hay muchas. Por ejemplo que en el caso anterior no fuera una comisión propuesta por el mismo Rector sino a propuesta de instancias institucionales o que cada caso integrara una comisión donde el que señala y el que es señalado pudiera inconformarse hasta en un 30% con la integración de la misma, o procesos que deban cumplimentarse a cabalidad antes de sancionar, e incluso la opción de dirimir el problema en instancias ajenas a la institución antes de proceder con alguna sanción. Y esto por mencionar solo algunas ideas.

En otras ocasiones he señalado que no se puede educar para la paz con lecciones de injusticia e impunidad, pero de la misma forma no podemos esperar una sociedad donde impere la justicia y la legalidad cuando los procesos universitarios sancionadores no den garantías en exceso, si se quiere decir así, de que éstos son del todo objetivos e imparciales.


Roberto Celaya Figueroa, Sc.D.
Formación • I+D+i • Consultoría
Desarrollo Empresarial - Gestión Universitaria - Liderazgo Emprendedor

Este artículo puede verse en video en https://youtu.be/pEzrpw_VVWI


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