viernes, 29 de abril de 2016

Becas Universitarias


Hay un dicho que establece que la mejor herencia que un padre puede dejarle a un hijo es la educación, ya que esta le da los conocimientos, las actitudes, habilidades y valores que le permite desarrollarse plenamente tanto como persona que como profesionistas. Desafortunadamente, el culmen del proceso formativo que sería transitar hacia la educación universitaria es algo a lo que muy pocos acceden, según el Conteo de Población y Vivienda 1995 de INEGI, apenas el 11.6% de la población de 25 años o más cuenta con algún grado de estudios de nivel superior. Si bien las causas de esto pueden ser variadas, el aspecto económico juega un papel fundamental, ya que al no contar con los recursos necesarios para continuar los estudios muchos excelentes prospectos abandonan su proyecto formativo afectándose no solo a ellos sino a la sociedad que pudiera beneficiarse de su desempeño profesional. Es por ello que, como una estrategia para enfrentar este hecho, en esta ocasión abordaremos el tema de las becas. Tal como lo menciona la página de definición de, una beca es una subvención que se entrega a alguien para que realice estudios o investigaciones. Por lo general se concreta como un aporte económico a los estudiantes o investigadores que no cuentan con el capital suficiente para solventar sus estudios o trabajos investigativos.

Las becas pueden provenir de diversas instancias gubernamentales, organizaciones no gubernamentales (fundaciones, asociaciones) o empresas privadas (bancos, compañías).

Es así como la beca se convierte en muchos casos, el principal soporte para alcanzar estudios universitarios. Cuando hablamos de estudios universitarios no queremos solamente decir los estudios referidos a los programas educativos de licenciatura, sino también los de posgrado. Y aquí hay un área de oportunidad ya que muchos ven la formación universitaria de licenciatura como el fin del proceso educativo dejando de lado que este puede continuar más allá a través de un posgrado.

Las becas universitarias por lo general establecen dos condiciones: una es el promedio que uno debe mantener durante el periodo en el cual este gozando de la beca y otra demostrar que requiere de la ayuda económica para cursar los estudios deseados.

Por ejemplo, el Instituto Tecnológico Autónomo de México (ITAM) tiene establecidas, entre otras las que se conocen como Becas ITAM, estas las otorga el ITAM desde el primer semestre y pueden cubrir desde el 10% hasta el 90% de la colegiatura. Se conceden por un ciclo escolar y deben renovarse al inicio del siguiente periodo.

Los requisitos solicitados son: (1) acreditar el Examen de Admisión o contar con pase directo, (2) tener un promedio de nueve en la preparatoria, (3) demostrar que se tiene necesidad económica, es decir, explicar la razón o razones por las que el estudiante no puede cubrir el costo de la colegiatura. Tal situación será verificada por medio de un estudio socioeconómico, y (4) esperar el resultado de la solicitud que analiza un Comité de Becas y Ayuda Financiera. Para seguir contando con la beca en cada periodo escolar, se debe mantener el promedio y seguir demostrando que existe necesidad económica.

Por su parte el Tecnológico de Monterrey tiene toda una gama de becas como apoyo para el proceso formativo: beca al talento académico, beca Tec tradicional, beca Gallagher, beca Jesús M. Montemayor, beca Dr. Xorge Alejandro Domínguez, beca al talento deportivo, y becas al talento musical. Nomás para hablar de la primera, los requisitos son (1) contar con al menos 90 de promedio acumulado en preparatoria, hasta el último semestre terminado al momento de ingresar la solicitud, la cual se puede realizar a partir del 4to semestre de preparatoria, (2) presentar la Prueba de Aptitud Académica y obtener al menos
1350 puntos, y (3) ser alumno admitido del campus Monterrey.

Como último ejemplo podemos mencionar a la Universidad de las Américas, de manera similar, exige como requisitos para sus becas de excelencia el tener promedio de 9.5 o superior en el periodo anterior, y no tener materias reprobadas o sin derecho; y para sus becas de colaboración tener promedio de 8.5 o superior en el periodo anterior y no tener materias reprobadas o sin derecho.

¿Por qué habrá universidades que cuenta con planes de becas establecidos?, porque lo ven como una inversión: inversión en talento humano. El otorgar una beca supeditándola al cumplimiento de requisitos referidos a un desempeño académico garantiza contar con alumnos altamente capacitados lo cual las beneficia en cuanto a proyectos que pueden desarrollar, propuestas en las que pueden participar, e innovaciones en las que pueden colaborar. En lo personal considero que toda universidad debería contar con un plan de becas, incluyendo a las públicas. Ese plan de becas debería abogar por la excelencia académica y promover la captación de recurso altamente calificado hablando en términos intelectuales.

Pero bueno, tal como siempre le hacemos, vayamos bajando la presente disertación a cuestiones muy prácticas. ¿Estarías interesado en conseguir una beca?, ¿te gustaría seguir estudiando un posgrado después de tu licenciatura?, entonces veamos las opciones con que contamos. De cada quien corresponderá entrar en estas opciones para buscar mayor información.

La página http://www.becasuniversitarias.org/becas_mexico.php presenta una relación con links a las páginas referidas para acceder a (1) becas del Consejo
Nacional de Ciencia y Tecnología (CONACYT), el cual ofrece un importante número de becas de estudio y postgrado tanto en México como en el extranjero en distintas épocas del año; (2) Fundación Ford la cual está dirigido a estudiantes indígenas que quieran hacer maestrías o doctorados, en México o en el extranjero; (3) Pronabes, el cual está destinado a mexicanos que fueron aceptados en una institución pública de educación superior para cursar estudios de licenciatura o técnico superior universitario, el monto de la beca, en el primero año es de
5,750.00 mensuales, en el segundo, 5,830.00, el tercero 5,920 y el cuarto y quinto año 5,100.00 mensuales; y (4) Universidad Nacional Autónoma de México, la cual cuenta con un programa de becas de postgrado que otorga la UNAM solo para estudiantes mexicanos a realizarse tanto en México como en varios países del mundo como Francia, Japón, Canadá, España y Estados Unidos entre otros.

La página http://www.sep.gob.mx/es/sep1/sep1_Becas_jara_Educacion_Superior   muestra una relación de becas referidas a (1) Fonabec, donde los apoyos económicos se otorgan de preferencia para carreras en Universidades
Tecnológicas donde la mayoría de los egresados obtienen trabajo antes de los seis meses; (2) Pronabes, ya mencionado anteriormente, (3) Conacyt, ya mencionado anteriormente; (4) el Tec de Monterrey, ya mencionado en este artículo; (5) Secretaría de Relaciones Exteriores, cuyo Centro de Promoción y
Difusión de Becas tiene como objetivo la formación de recursos humanos; así como la movilidad educativa; el fomento al diálogo intercultural con pleno respeto al pluralismo; la preservación del patrimonio cultural; la colaboración en materia de industrias culturales e intercambio artístico y el establecimiento de redes de comunicación entre investigadores, profesores, artistas y creadores; y (6)
Fundación Telmex la cual otorga becas en todo el país a estudiantes que cursan estudios superiores y que destacan por su dedicación y desempeño académico, así como en actividades culturales y deportivas. Ser becario de Fundación Telmex constituye un privilegio a la vez que un compromiso con México.

Por último, la página http://buscatubeca.com/becas-para-mujeres-universitariasen-
situacion-especial-mexico-2010/ señala que En apoyo a madres solteras, divorciadas, viudas o separadas, o mujeres en periodo de gestación que estudian el nivel universitario o técnico, el Consejo Nacional de Ciencia y Tecnología
(Conacyt), en coordinación con la Universidad de Sonora, tiene una convocatoria para el proceso de obtención de una beca de 3,000 pesos mensuales, además maneja un listado de otras becas tales como (1) becas para maestrías y doctorados en México, (2) becas de investigación UNESCO para países en desarrollo, (3) Becas CONACYT- FUNED MÉXÍCO, (4) becas Tesis CONCYTEP
MÉXICO, y (5) becas Ciencias Sociales y Humanidades de la Academia Mexicana de Ciencias.

Todo esfuerzo productivo en la vida tiene su recompensa, invertir en uno mismo es el mejor negocio que se puede emprender, opciones hay, oportunidades se tienen, depende de uno aprovecharías y hacerse artífice de su propio destino.


Roberto Celaya Figueroa, Sc.D.
Formación • I+D+i • Consultoría
Desarrollo Empresarial - Gestión Universitaria - Liderazgo Emprendedor

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viernes, 22 de abril de 2016

Defensoría Estudiantil

Yo creo que todos hemos vivido o hemos conocido de situaciones donde uno o algún conocido en su faceta como alumno sufre de alguna situación que considera injusta: el maestro déspota, el funcionario irresponsable o el proceso burocrático. Lo peor del caso es cuando ante esta situación no se sabe que hacer o ante quien acudir, lo cual se agrava si consideramos que el alumno, en la mayoría sino en todas las universidades (aún no conozco una que no), cuenta con derechos y obligaciones.

Ante esta situación en muchas instituciones educativas ha surgido lo que se conoce como defensoría estudiantil, una instancia debidamente estructurada y habilitada a la que puede acudir el alumno para hacer valer sus derechos normativos.

Veamos algunos ejemplos.

La Universidad Inca Garcilaso de la vega, de Lima, Perú, tiene lo que se conoce como la Oficina de Defensoría del Estudiante, la cual se define como “el órgano encargado de velar por el cumplimiento de los derechos y la protección de los intereses de los estudiantes de la Universidad Inca Garcilaso de la Vega". Su reglamento incluye, entre otras cosas, un apartado relativo a la Tramitación de las
Quejas presentadas por los Estudiantes de la Universidad.

La Universidad de Buenos Aires, de Buenos Aires, Argentina, contempla el área de la Defensoría del Estudiante como un “espacio para difundir los derechos de los estudiantes y actuar en su defensa’. El responsable de esta área es un defensor, el cual actúa “a pedido del estudiante que manifieste problemas puntuales con relación a su cursada y exámenes, su relación con la infraestructura edilicia de la facultad, [asimismo] será un puente ante las cátedras, departamentos de carrera, institutos y autoridades mediando en los conflictos que se susciten entre los estudiantes y el ámbito académico y de cursada, tomando los reclamos y actuando en defensa de los mismos".

Aquí en México se tiene el caso de la Defensoría del Estudiante de la Universidad
Autónoma de la Ciudad de México (UACM), la cual es definida como “La
Defensoría del estudiante es un órgano colectivo, integrado por estudiantes y académicos de la UACM, quienes fueron elegidos por el Consejo General
Institucional... la cual fue creada para defender los derechos de los estudiantes de la UACM, y con ello contribuir al mejoramiento de la institución en todos sus ámbitos". Entre otras cosas se encarga de defender los derechos de los estudiantes, asesorar a los estudiantes acerca de sus derechos y obligaciones, conocer por parte de los estudiantes las inconformidades sobre la actuación de alguna área de la Universidad, emitir resoluciones de carácter obligatorio, sobre los asuntos planteados ante este órgano de gobierno, etc.

Un último ejemplo es el que corresponde al de la Universidad de Sonora, en este caso el área en cuestión se conoce como Comisión de Derechos Universitarios cuya función, en términos generales, es la de brindar asesorías y recibir las quejas, denuncias e inconformidades de quienes se sientan afectados en sus derechos de acuerdo a la normatividad de la institución.

Estos casos sirven para ejemplificar que cuando existe la intención por que en una
Universidad sean las leyes y las normas las que rijan el comportamiento e interacción de sus integrantes también existirán las instancias para que las diferencias se diriman con base en la legalidad.

Hay que aclarar que esta defensoría del estudiante no es una función más que a cualquiera se le puede endilgar, sino que debe, como en los ejemplos que hemos visto, tener su propia figura, estructura y sobre todo la gente capaz para el seguimiento de los asuntos tratados. Por ejemplo, en algunas universidades que carecen de defensoría del estudiante se les asigna a las asociaciones o sociedades de alumnos esa función, pero por lo general sus integrantes carecen de los conocimientos (sobre todos legales y normativos) para llevar a cabo su función. En las Universidades que cuentan con defensoría del estudiante hay personal con la capacidad profesional (incluyendo lo legal y normativo) para actuar como tal. Es así que no se trata solo de asignar esta función a cualquiera en la Universidad sino a un área que garantice: capacidad, profesionalismo, compromiso, e independencia.

A estas alturas hay que hacer una aclaración muy importante. La creación de estas defensorías del estudiantado no significa un cheque en blanco para que el alumno haga y deshaga, sino para que este pueda exigir sus derechos de una manera institucional. Y así como tiene derechos, pues también tienen sus obligaciones, y para saber exigir los primeros hay que saber cumplir los segundos. El alumno está obligado a cumplir las normas generales que tiene establecida la universidad y las normas particulares o políticas que cada curso o asignatura establece para cumplimentar el mismo. Pero de la misma forma el alumnado tiene el derecho a una educación de calidad lo cual tiene que ver con tres partes: el maestro, la competencia, y el proceso.

De parte del maestro el alumno merece un trato digno y respetuoso. La docencia misma implica una vocación, más que una profesión, y esa vocación tiene que ver con sentirse parte del proceso formativo del alumno compartiendo sus éxitos y fracasos y acompañándolo en su proceso para llegar a ser quien tiene como meta ser.

El segundo elemento, el relativo a la competencia, se refiere a los conocimientos, habilidades, actitudes y valores que buscan ser transmitidos o desarrollados en la materia o asignatura. Por último el proceso se refiere al desarrollo mismo de la asignatura o materia. Estos dos últimos puntos deben cumplir con el objetivo planteado y contribuir a la formación del alumno. En otro artículo me comprometo a tratar el modelo RCP, relevante-coherente-pertinente, de mi propia autoría, donde señalo precisamente como lograr esto.

Elementos adicionales de la vida del alumno en la Universidad es el ambiente y los procesos administrativos. Si el ambiente (relación con otros alumnos, instalaciones, etc.) o los procesos administrativos (servicios, trámites, etc.) impiden, retardan o entorpecen el paso del alumno por la universidad, la defensoría estudiantil entra en acción, ni que decir en caso de que los tres elementos — maestro, competencia, proceso - no esté funcionando.

Pero bueno, supongamos soy un alumno y creo que se ha cometido una injusticia, ¿qué puedo hacer? Si en la Universidad donde estás existe la defensoría del estudiante no hay mayor problema pues es cuestión de acercarse a esta área y en ella se obtendrá toda la ayuda para iniciar el proceso de revisión de la queja. Pero, ¿y en caso de que en mi Universidad no exista esta figura?), pues la cosa se complica un poco más pues uno mismo tendrá que hacer los trámites y dar las vueltas, y eso es lo que muchas veces uno no quiere hacer, pero en uno esta exigir lo que a su derecho corresponda. Una vez hablando de esto con un alumno, me responde que mejor lo iba a dejar ahí (lo cual quiere decir que no iba a dar las vueltas que implica una queja), a lo que le respondí que en ese caso se merecía lo  que le pasaba.

Si uno mismo no es capaz de respetarse y exigir respeto, entonces pues uno se merece lo que le pase. Entendámoslo: pelear por lo que uno cree correcto y justo cuesta, pero estamos suponiendo que vale la pena.

Volviendo al tema, ¿qué hacer si en la Universidad donde se está no se cuenta con defensoría del estudiante? Pues iniciar uno mismo el proceso para lo cual habrá que cuidar tres aspectos: (1) el recurso, y por recurso nos referimos al escrito que uno pondrá a consideración de las personas, autoridades o áreas pertinentes. Esto es muy importante y hay que tener en mente que este recurso deberá ser por escrito con acuse de recibido para dejar constancia de que se solicitó la intervención de quien correspondiera para el motivo de la queja, en caso contrario no hay manera de comprobar que así ha sido; (2) la instancia, es decir, las personas, autoridades o áreas a las que uno dirigirá el escrito. Si nos fijamos se ha dicho personas, autoridades o áreas en plural ya que siempre debe dirigirse el escrito con copia a alguien más que funja de testigo del trámite iniciado, nunca hacerlo solo una persona pues como hemos dicho en otro artículo “mientras más ojos están viendo, menos margen para la discrecionalidad hay"; y (3) los referentes, por referentes nos referimos a las leyes, normas o reglas que se consideren incumplidas. Tal vez suene redundante pero toda queja debe tener un referente para quejarse el cual debe ser objetivo. En ocasiones uno se queja porque no le gusta, o no le parece, o no está de acuerdo, pero eso es improcedente porque entonces si cada quien pudiera quejarse oficial y formalmente por lo que no le gustara ante las defensorías del estudiante la realidad se haría un caos. La queja debe tener una ley, una norma, o una regla objetiva y real contra la que pueda compararse el acto de injusticia impugnado. El escrito entonces deberá contener la relatoría de hechos así como los referentes que permitan dilucidar el motivo de la queja.

Y retomando la frase de Jorge Garralda, de en su momento el programa A Quien Corresponda, “si no se queja, no se queje". ¿Qué quiere decir esto? Que la defensoría estudiantil solo funciona cuando los estudiantes son capaces de exigir sus derechos y esta es la parte medular de este artículo: la capacidad de autorrespeto que cada persona tiene y que lo lleva a no dejar que le pasen por encima y a exigir lo que le corresponde. En ese sentido, la defensoría estudiantil es de gran ayuda (de hecho toda universidad debería tener una) pero si no existe esta el carácter y el espíritu de cada alumno como persona para subsanar eso, después de todo, siempre existirá alguna instancia, algún proceso, alguna autoridad a la que se pueda acudir y exponer la queja de manera institucional y responsable.

Depende de cada uno de nosotros hacer que las cosas pasen. Nuestro país, nuestra comunidad, y en el caso del presente artículo, la misma vida estudiantil será lo que cada uno de nosotros queramos que sea, y para eso nuestro valor de decir, de señalar, de exigir, y también de proponer nos permitirá hacernos dueños de nuestros destinos.


Roberto Celaya Figueroa, Sc.D.
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viernes, 15 de abril de 2016

Transparencia y Legalidad Universitaria


La transparencia no es un acto de buena voluntad del funcionario sino una obligación mínima que debe mostrar durante su gestión ya que los recursos que administra no le pertenecen y su ejercicio debe soportar la prueba del escrutinio público para asegurar que su aplicación no responde a filias o fobias personales sino a un sentido de responsabilidad institucional.

Curiosamente el derecho a la información se estableció en nuestra Constitución desde el año 1977 al señalar en su artículo 6° escuetamente que “el derecho a la información será garantizado por el Estado", pero no fue sino hasta 2002 que se aprobó la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la lnformación como reglamentaria del artículo 6° constitucional. La idea de esto era (1) facilitar el acceso a la información por cualquier medio sin necesidad de requerir identificación ni acreditar interés alguno, (2) hacer sencillos los procedimientos y recursos de revisión, (3) pretende asegurar el cumplimiento de las resoluciones de los respectivos órganos, dar cierta homogeneidad a los órganos, (4) poner plazos razonables, y (5) homologación de los plazos de reserva.

Posteriormente a esta aprobación, las entidades federativas comenzaron a efectuar leyes y reglamentaciones en el mismo sentido: Sinaloa, Jalisco,
Michoacán, Aguascalientes y Querétaro en 2002; Durango, Coahuila, Nuevo León,
Colima, Guanajuato, Morelos, San Luis Potosí, Distrito Federal y Guanajuato en
2003; Nayarit, Zacatecas, Tamaulipas, Veracruz, Puebla, Tlaxcala, Yucatán,
Quintana Roo y el Estado de México en 2004; Chihuahua, Sonora, Baja California,
Baja California Sur, Guerrero y Campeche en 2005; Chiapas, Oaxaca, Hidalgo y
Tabasco en 2006.

Si bien ha sido realmente un logro el reglamentar este derecho ciudadano, aún queda mucho por hacer. A casi diez años de la reforma federal y más de un lustro de la incorporación legislativa por parte de los últimos estados, las exigencias siguen siendo las mismas: acceso correcto y oportuno.

Académicos y representantes de las agrupaciones civiles coinciden en que el derecho a la información gubernamental corre el riesgo de ser una simulación, pues la falta de sanciones ha permitido que gobernantes, dependencias y todo el sistema burocrático se invente modelos para la opacidad. Como menciona Ernesto Villanueva, del Instituto de Investigaciones Jurídicas de la UNAM, “distintas entidades han sofisticado sus mecanismos de evasión’, y entre los más comunes está la de clasificar información como "reservada". Simplemente en 2008 sólo cinco de las 32 entidades federativas aprobaron el Subíndice de Transparencia y
Rendición de Cuentas de la Confederación Patronal de la República Mexicana
(Coparmex).

¿Por qué se da esta opacidad? Porque así conviene a quienes siguen buscando el manejo discrecional de los recursos públicos. Después de todo la transparencia es la prueba de fuego para el desempeño de cualquier funcionario, ya que se sustenta en la exigencia de la sociedad para conocer los manejos financieros y económicos que de los recursos públicos hacen los funcionarios así como los resultados obtenidos de dicha aplicación.

Pero bueno, eso es en el ámbito gubernamental, es de suponer que las instituciones educativas son ejemplo de transparencia y rendición de cuentas.

Desafortunada y tristemente no es así: Según el Índice de Transparencia y Acceso a la Información de las Universidades Públicas en México 2009" que elaboró la empresa consultora aregional.com, el promedio de calificación en materia de acceso, disponibilidad y calidad de la información pública en estas instituciones es de 68.5, de un rango del 0 al 100.

El título de la presente colaboración es precisamente “Transparencia y Legalidad”, ¿o es al revés?, ya que la primera es consecuencia de la segunda y al mismo tiempo la segunda es consecuencia de la primera. Dicho de otra forma, la transparencia efectiva obliga a un actuar legal o como me gusta decir “mientras más ojos están viendo, menos margen para la discrecionalidad hay’, pero al mismo tiempo el actuar legal permite que se dé la transparencia efectiva, o dicho de manera coloquial “el que nada debe, nada teme".

Las universidades deben ser ejemplo de lo que se busca crear en la Sociedad, una universidad no puede pretender construir una mejor sociedad a través de la formación de sus integrantes si ella misma es incapaz de vivir valores como justicia, legalidad, orden, respeto, y, en este caso, transparencia.

Obvio que esto obliga a un comportamiento impecable en el ejercicio de sus funciones para transparentar al máximo el uso de recursos y la obtención de resultados. Y por transparentar al máximo es ir hasta el límite superior que la misma norma establece, no al límite inferior. Por ejemplo, si ante la difusión de una información la norma permite difundirla o no, es de pensarse y cuestionarse el que los funcionarios opten mejor por no difundirla. Reitero: máxima difusión obliga a desempeño impecable.

Generalmente a quienes señalamos de manera crítica mejores formas de hacerlas cosas se nos contesta con el estribillo de que “no es lo mismo ver los toros desde la barrera que bajar al ruedo", es decir, que no se vale estar diciendo como hacer mejor las cosas cuando uno nunca ha estado en esa posición. En mi caso he tenido la oportunidad de desempeñarme como funcionario público en el sector académico y llevar al máximo superior el principio de transparencia, vayan cuatro ejemplos: (1) Información Financiera. Cada mes durante todo el periodo que se estuvo como Director Académico se envió a los Departamentos Académicos y se publicó en la página de la Dirección el estado financiero; (2) Avance Presupuestal
Proyectos Autofinanciables. Por primera vez, como funcionario se aplicó la política de hacer públicos los resultados de proyectos autofinanciables como Congresos y Programas de Certificación para posteriormente decidir entre los Departamentos
Académicos participantes la aplicación de los remanentes; (3) Sesiones públicas abiertas de Comisiones Académicas. En la primera reunión de la Comisión
Académica en que se participó siendo Director Académico se logró por primera vez en la historia de esta Comisión abrir la misma para que sus sesiones fueran públicas y abiertas, lo cual se mantuvo mientras se permaneció como miembro de la misma; y (4) Plazas Académicas. En los dos procesos de plazas académicas que tocó liderar como Director Académico los perfiles fueron elaborados por los Departamentos Académicos y publicados en la página de la Dirección. De la misma forma una vez concluido el proceso se envió y publicó una relatoría de los procesos donde se adicionaron por primera vez en la historia institucional elementos para hacer dichos procesos más objetivo, justo y equitativo tales como el que el sínodo fue compuesto al azar entre los integrante del departamento, que los temas fueron de la misma forma entregados al azar a los convocantes en igualdad de condiciones o el de que el resto de los integrantes del Departamento que no participaba como sínodo podía fungir si así lo deseaba como observador en los exámenes académicos a los concursantes.

¡Ojos, ojos, ojos! Se necesitan muchos ojos que estén viendo y evaluando el actuar de los funcionarios, y en ese sentido estén exigiendo la información a la que como ciudadanos tenemos derechos. Después de todo, ¿por qué permitir que se nos corra una cortina sobre la transparencia utilizando bases legaloides?, al contrario, salvo que la información sea personal o realmente afecte proyectos de las instituciones, esta no debe reservarse solo porque “no es conveniente", ya que generalmente esa conveniencia apunta a lo que es conveniente para el funcionario que no ha estado a la altura de su responsabilidad y busca la manera de ocultar su incapacidad o complicidad.

En pocas palabras, en la vida universitaria nunca serán las palabras las que motiven grandes cambios sino los hechos y las acciones que coherentes con los valores sean emprendidas. Como comencé diciendo al principio, la transparencia no es un acto de buena voluntad del funcionario sino una obligación mínima que debe mostrar durante su gestión. El funcionario está obligado a transparentar la aplicación de los recursos y los resultados de su gestión, por lo tanto debe buscar las formas hacerlo más allá de lo que está obligado, lo cual es garantía de justicia y legalidad.

Los funcionarios públicos de nuestras universidades no deben sentirse amenazados por el derecho a la información que cada ciudadano tiene, al contrario, deben ver eso como una oportunidad de desempeñarse ética, legal y públicamente de manera excepcional acorde a la responsabilidad adquirida.

En la medida que ellos sean capaces de responder con creces a la confianza que la comunidad les deposita y que nosotros ejerzamos el derecho de fiscalizar y evaluar su desempeño podemos estar seguros que entre todos construiremos una sociedad cada vez más justa, honesta, legal, democrática y transparente.



Roberto Celaya Figueroa, Sc.D.
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viernes, 8 de abril de 2016

Personal Administrativo Universitario: Ingreso, Promoción y Reconocimiento


Los que trabajamos en las Instituciones de Educación Superior damos por sentado muchas situaciones cotidianas: que haya material educativo disponible, que las aulas estén funcionales, que la biblioteca este en servicio, que los pagos llámense a empleados o proveedores fluyan sin problemas, etc.; esta confianza parte del hecho de que la parte administrativa funciona y crea un soporte a partir del cual las funciones sustantivas de formación, investigación y extensión pueden desarrollarse.

En ese entendido, en la medida que la parte administrativa de estas instituciones educativas tienda a la excelencia en su desempeño las funciones sustantivas tendrán el soporte para desarrollarse con altos estándares de calidad; y para ello, el ingreso, promoción y reconocimiento juegan un papel primordial. El ingreso, promoción y reconocimiento en la parte administrativa de las Instituciones de Educación Superior está contemplado en lo que se conoce como tabulador, escalafón y programa de reconocimiento. Independientemente del nombre que  adopte, en la medida que los procedimientos subyacentes a estos procesos sean transparentes, equitativos, justos y congruentes con el quehacer institucional se tendrá confianza en los mismos así como garantía en sus resultados.

Por otra parte, cuando esos procesos no cumplen con las características señaladas pueden generar problemas tanto en el corto como en el largo plazo, por ejemplo, que el personal se desmotive y eso afecte su trabajo, que se den problemas rotación de personal, que no se garantice el ingreso del personal más competente, que se afecte la imagen de la institución, o que se den favoritismos
y/o discriminaciones.

Para generar y mantener programas de ingreso/promoción/reconocimiento administrativo en las instituciones educativas mencionadas que cumplan con las características señaladas anteriormente, las instituciones deben tener de manera mucho muy clara análisis de puestos, descripción de puestos, valuación de puestos, categorización de puestos, tabulador y políticas.

El análisis de puestos consiste en determinar los puestos existentes en los diferentes procesos administrativos, esta determinación debe consignar el nombre del puesto, la parte del proceso donde se encuentra y su relación en la estructura funcional y operativa institucional.

La descripción de puestos es la explicitación por escrito y de la forma más clara posible de los deberes, obligaciones y las principales características de los puestos incluyendo funciones, sub-funciones y tareas así como requerimientos para su desempeño.

La valuación de puestos no es otra cosa más que establecer una jerarquía entre los mismos al compararlos entre sí de acuerdo con los niveles de sus responsabilidades, quedando un listado de puestos cuya valuación vaya de menor a mayor o de mayor a menor.

La categorización de puestos tiene por objetivo jerarquizar los puestos de acuerdo a su importancia relativa al compararlos con los demás de la organización. El resultado final es un listado que incluye desde el de menor hasta el de mayor importancia de acuerdo a sus características y requerimientos para ocuparlos. Para categorizar puestos pueden usarse diferentes métodos tales como la alineación, o los métodos de grados y puntos. La alineación solo establece subjetivamente que puesto es mayor o menor en cuanto al grado de responsabilidad, funciones y descripciones; el de grados consiste en establecer un solo factor común a todos los puestos que permita graduarse (escolaridad, antigüedad, etc.); por último el de puntos establece todo un esquema de variables/valores sobre los cuales los puestos son evaluados.

El tabulador es el resultado final de los puntos anteriores reflejado en cuanto los alcances monetarios de las percepciones asignadas de acuerdo al análisis, descripción, valuación, y categorización del puesto.

Las políticas, que deben ser claras y objetivas, son las normas que se establecen para asignar y modificar sueldos, es decir, para desarrollar los programas de ingreso/promoción/reconocimiento administrativo. Para que estas políticas funcionen debe necesariamente considerar incorporar en las mismas la evaluación del desempeño de quien está a cargo del puesto. Estas políticas deben en todo momento ser claras y satisfactorias para que el personal las entienda, las acepte y las utilice para su desarrollo personal y profesional. De la misma forma deben asegurar (1) que los empleados nuevos no perciban ingresos superiores a los empleados que ya laboran en la institución en la misma categoría, (2) que la promoción/reconocimiento esté basada en méritos claros, objetivos y verificables, y (3) que su entendimiento sea claro y que genere confianza en el proceso y los resultados.

Otras consideraciones relativas al ingreso/promoción/reconocimiento administrativo es que considere experiencia, formación y productividad; que realmente promueva la carrera administrativa institucional estimulando la excelencia en el desempeño y su impacto en las instituciones; que tanto el ingreso, como la promoción y el reconocimiento administrativo no de pauta a la discrecionalidad y señale claramente los grados mínimos de calificación para acceder a los puestos establecidos; que la relación sueldo-puesto sea clara y justa; y que la promoción y el reconocimiento sea realmente un estímulo y que el desempeño de calidad sea imprescindible para su aplicación.

Por último un aspecto clave y que se ha mencionado a lo largo de este artículo es la confianza en los procesos y resultados. Cuando el personal administrativo de las Instituciones de Educación Superior esta cierto que los procesos son claros, objetivos y transparentes el ambiente generado es propicio para el desarrollo organizacional, el ingreso/promoción/reconocimiento no debe tener sesgos discrecionales que permitan la manipulación por parte de funcionarios y autoridades y para ello se requieren varias instancias que participen sobre bases claras y otras más que supervisen el proceso y sus resultados.

La parte administrativa en las Instituciones de Educación Superior es clave para la realización de las actividades sustantivas de las mismas; contar con los mejores integrantes, reconocer los mejores desempeños, y promover a los mejores elementos no solo es justo, legítimo y correcto sino que en el caso de estas instituciones educativas se vuelve una obligación ya que ellas deben ser ejemplo de lo que se busca construir en la sociedad.



Roberto Celaya Figueroa, Sc.D.
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viernes, 1 de abril de 2016

Ética Docente


Ser docente conlleva una enorme responsabilidad, después de todo no solo formamos profesionistas o generamos soluciones o divulgamos cultura, sino que vamos más allá dándole a quienes en nosotros buscan una respuesta los conocimientos, las habilidades, las actitudes y los valores para remontar sus destinos, para lograr sus sueños, y para forjar por si mismos su propio futuro. En otras palabras sembramos semillas de esperanza, aliento y determinación que germinarán mucho después y cuyos frutos permanecerán incluso una vez que nos hayamos ido. Es por ello que la ética en el desempeño docente adquiere un cariz de extrema importancia.

La palabra ética, según, James Fieser en “Ethics” en la lntemet Ecyclopedia of
Philosopy, proviene del griego ‘ethos’, que significa costumbre; su sinónimo latino es la voz ‘more’, de donde deriva el término moral. Ambas voces aluden, tal como señala Lautaro Ríos en “La Ética Profesional’, a “un comportamiento humano ordenado conforme a ciertos principios, postulados y nornas prescritos por la cultura imperante en cada sociedad. Ellos señalan la línea demarcadora entre lo lícito y lo ilícito, lo correcto y lo incorrecto, lo aceptable y lo inaceptable".

Como lo señala Juan Manuel Silva en su artículo “¿Qué es eso de ética
Profesional?” publicado en la Revista Contaduría y Administración de la Universidad Nacional Autónoma de México, la ética profesional ésta está íntimamente relacionada con uno mismo, “está directamente vinculada con la calidad moral de nuestro trabajo. Está implicada en el modo de llevar a cabo nuestro quehacer e implica entrega vocacional, responsabilidad, honestidad intelectual y práctica. La ética profesional es fundamentalmente un compromiso con lo que cada ser humano hace... significa un compromiso con nosotros mismos de hacer bien las cosas, un compromiso que no se puede dejar de cumplir porque tiene que ver con un compromiso con nuestro propio ser que nos hace más o nos hace menos, nos hace mejores o nos empeora, nos enriquece o nos empobrece en nuestra propia naturaleza".

Aun y cuando los siguientes razonamientos surgen de la ética normativa del
Contador Público como docente, considero que son aplicables a todos los profesionistas que se desempeñan como tal.

Ya en una ocasión lo señale en el artículo “Reflexiones en Tomo a los Nuevos
Retos en la Docencia en Contaduría" publicado en la revista Contaduría Pública,
“Éticamente, el Contador Público que trabaja como docente debe ser capaz de fomentar en sus alumnos ese espíritu inquisitivo, creativo y dinámico de la profesión acorde a los nuevos tiempos". En este sentido son interesantes los postulados manejados por los diferentes organismos profesionales tanto a nivel nacional como internacional.

En México, tanto el Código de Ética del Instituto Mexicano de Contadores Público como el relativo a la Asociación de Profesores de Contaduría y Administración de
México hacen referencia específicamente al desempeño del Contador Público como docente. En el caso del Instituto Mexicano de Contadores Público, su
Código de Ética en sus artículos 4.01 al 4.06 referentes a especificaciones claves acerca del Contador Público en la Docencia, establece que éste debe (1) orientar a sus alumnos para que actúen de acuerdo a las normas de ética profesional, (2) mantenerse actualizado, (3) dar a sus alumnos un trato digno y respetuoso, (4) manejar casos reales cuidando el secreto profesional, (5) abstenerse de hacer comentarios negativos sobre los alumnos, catedráticos u otros Contadores
Públicos, y (6) mantener una posición de independencia mental y espíritu crítico.

Por su parte la Asociación de Profesores de Contaduría y Administración de
México señala en diferentes artículos que la ética profesional debe caracterizar la actividad docente además que la docencia debe centrarse en el aprendizaje del alumno, y que la asesoría y la tutoría a los estudiantes son parte integral de la docencia eficaz (artículo 1.2), el Contador debe tener vocación y aptitud para educar a sus alumnos, respetar la integridad y libertad de cátedra de sus colegas académicos nacionales y extranjeros sobre la base de la imparcialidad y cooperación, y aplicar los principios básicos de docencia y los estándares de evaluación colegiada (artículo 1.1), debe asegurar su competencia, integridad y objetividad en las aulas y en la comunidad profesional y ser honesto, confiable y justo, así como respetar la confidencialidad y la privacidad de los demás (artículo 3,2), debe permanecer en el ejercicio profesional, y contribuir al desarrollo de sus alumnos y de la profesión, y servir a la academia, a la profesión y a la sociedad (artículo 3.1).

A nivel internacional, si bien los códigos no manejan específicamente referencias al Contador Público como docente, existen diversos postulados que pueden aplicarse en su desempeño como tal.

Por ejemplo, el Código de Ética para Contadores Públicos de Colombia, señala que en todos los casos el Contador Público debe observar una conducta ética, respeto entre colegas, y observancia de las disposiciones normativas (artículo 37), debe ser íntegro y objetivo (artículo 37), debe tener siempre presente que el comportamiento con sus colegas no sólo debe regirse por la estricta ética, sino que debe estar animado por un espíritu de fraternidad y colaboración profesional y tener presente que la sinceridad, la buena fe y la lealtad son condiciones básicas para el libre y honesto ejercicio de la profesión (artículo 54). Asimismo señala que el Contador Público que se desempeñe como catedrático podrá dar casos reales de determinados asuntos pero sin identificar de quién se trata (artículo 66). Por su  parte el Código de Ética Profissional do Contabilista do Brasil señala que la conducta del Contador con relación a sus colegas debe ser pautada por los principios de consideración, respeto, aprecio, y solidaridad, en consonancia con los postulados de armonía de la profesión. Con un espíritu de solidaridad (art. 9°), asimismo debe abstenerse de hacer referencias perjudiciales hacia sus colegas (art. 10°), o la profesión (art. 11°).

El Código de Ética de Argentina señala que los profesionales deben conducirse siempre con plena conciencia del sentimiento y solidaridad profesional, de una manera que promueva la cooperación y las buenas relaciones entre los integrantes de la profesión. Las expresiones de agravio o menoscabo a la idoneidad, prestigio, conducta o moralidad de los profesionales alcanzados por las normas de este Código, constituyen falta ética (artículo 6°).

El Código de ética de Paraguay señala, respecto del actuar del Contador Público que integridad implica no solamente honestidad sino trato justo y completamente veraz. El principio de objetividad le impone a todos los Contadores profesionales la obligación de ser justos, intelectualmente honestos y libres de conflictos de intereses (Artículo 1.1).

De la misma forma, la American Acoounting Association, en sus Proposed
Statement of Responsibilities, señala que sus miembros reconocen deben contribuir al desarrollo de sus estudiantes a través de (1) desarrollando en los estudiantes la capacidad de apreciar la importancia de la ética y el profesionalismo así como la capacidad técnica, (2) creando un ambiente honesto y agradable en el salón de clase, (3) insistiendo en la excelencia al mismo tiempo que a cada alumno se le da un trato digno, y (4) conduciendo sus asuntos académicos y profesionales con integridad.

Para ello, tal como señala Rodolfo Cedillo en su artículo ‘El Contador Público en el siglo XXI’ publicado en la revista Contaduría Pública hay que considerar que los nuevos profesionistas de la contaduría están obligados a tener visión de largo plazo, estar orientados al futuro, saber manejar las innovaciones, tener un sentido innovador, ser capaz de dar respuestas rápidas, tener estrategias para dirigir y generar resultados, asimismo ser capaz de identificar las necesidades y proponer soluciones, aprovechar las oportunidades eliminando deficiencias, redimensionar sus funciones para trabajar con los clientes, y manejar el concepto de hombres de negocios.

En ese orden de ideas, José Francisco Pulido en su artículo “El futuro de la
Contaduría Pública’ publicado en la revista Contaduría Pública, señala que ‘el
Contador Público del siglo XXI debe ser un profesional asociado a la empresa, responsable del óptimo aprovechamiento de la información disponible, mejor interpretación, flexible en la toma de decisiones y conocedor del entorno de la empresa, es decir, debe fungir como un asesor de negocios con un perfil ejecutivo, no operativo".

Mientras tanto Ramón Peña en su artículo ‘La creación del futuro y el cambio en educación" en la revista Contaduría Pública señala que “debe tener hábitos de comportamiento eficaz; que sean limpios, ordenados, puntuales; que tengan amor al trabajo, responsabilidad; espíritu de superación, honestidad y respeto; que exista en ellos el espíritu innovador y emprendedor para que la gente que sale del sistema educativo los pueda usar; y, por último, que tengan la habilidad de aprender por su cuenta’. Y para terminar la idea Roberto Álvarez en su artículo ‘Ética y Educación" publicado en la revista Contaduría Pública señala asimismo, que sea un “profesionista con ética, pero de una nueva ética, que ya no encuentra su modelo en las morales tradicionales ni en las modernas del deber laico, rigorista y categórico y, sin embargo, abreva de las dos".

El desempeño ético del Contador como docente debe considerar, aceptar y fomentar aspectos tales como los que hace Elsa de Larrea en su artículo
“Reflexiones en el Ámbito de la Educación Superior en Contaduría Pública" publicado en la revista Contaduría Pública:

- Aceptar la gran responsabilidad de tener como objeto del trabajo docente a seres humanos sujetos a transformación;
- Reconocer que esos humanos tienen una vasta gama de expectativas, visiones, intereses, prácticas y hábitos propios;
- Tener la convicción de que la calidad del proceso educativo está en función directa del grado de cualidades, habilidades, capacidades, conocimientos y compromiso del académico;
- Tener la convicción de que la educación es un proceso libre e individual en el que nadie puede ser educado sin su voluntad y que, por lo tanto la responsabilidad de su educación recae sobre el alumno;
- Creer que en el trabajo académico es más importante la calidad que la cantidad;
- Hacer propio los objetivos de los estudiantes; si ellos logran sus objetivos, el profesor también lo hará;
- Sujetar a los alumnos a un proceso no solo acumulativo y continuo, sino
concatenador y funcional, en que haya un hilo conductor que les dé sentido a su vida universitaria y profesional;
- Desarrollar el proceso enseñanza-aprendizaje sin formulismos ni autoritarismos, creando círculos empáticos y virtuosos de comunicación que propicien una relación amistosa entre los docentes y los alumnos;
- Fomentar el aprendizaje autodidacta, la evaluación y la autoevaluación.

La Ética más que un conjunto de normas, es una manera de vivir y trascender sembrando en los demás las semillas que los lleven a desarrollar con excelencia su potencial humano y profesional.


Roberto Celaya Figueroa, Sc.D.
Formación • I+D+i • Consultoría
Desarrollo Empresarial - Gestión Universitaria - Liderazgo Emprendedor

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